Incoterm que determina que el vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque, corriendo con los costes y flete hasta el puerto de destino convenido (expresado como «CIF + puerto de destino»). El vendedor debe procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
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