Validación de la casilla de exportador de las declaraciones de exportación a partir del 4 de noviembre de 2020
A partir del 4 de Noviembre de 2020 no se admitirán las declaraciones de exportación en las que el exportador (casilla 2) tenga un nº EORI de no establecido en la Unión Europea, tal como indica la Nota Informativa NI GA 24/2020 relativa a las validaciones de los requisitos del exportador.