23 Dic 24

Fin de la reducción temporal del IVA de los alimentos básicos a partir del 1 de enero 2025

El día 31 de diciembre de 2024 finaliza la reducción temporal del IVA de los alimentos básicos, como ya se anunció el pasado 26 de junio en el Real Decreto-ley 4/2024. Por lo tanto, los tipos aplicables a partir del 1 de enero de 2025 se detallan a continuación:

  1. Productos básicos como pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres y cereales: IVA del 4% y 0,5% de recargo de equivalencia.
  2. Aceites de semillas y pastas alimenticias: IVA del 10% y 1,4% de recargo de equivalencia.
  3. Aceite de oliva: IVA del 4% y 0,5% de recargo de equivalencia.

Los clientes de productos Taric dispondrán de esta información actualizada desde el 01/01/2025.

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