La AEAT ha publicado la Nota NI GA 22/2024 estableciendo las directrices para la identificación del número de contenedor en el que viaja la mercancía en las declaraciones de exportación con salida indirecta.
Los exportadores se enfrentan habitualmente a dificultades para identificar el número de contenedor en exportaciones indirectas que salen del TAU en un contenedor con mercancía consolidada, ya que al presentar la declaración de exportación no conocen la matrícula de dicho contenedor. Esto representa un reto para los operadores al realizar este tipo de declaraciones.
Según lo dispuesto en el anexo B del R/UE 2015/2446 (RDCAU) y en la Guía técnica AEAT AES es obligatorio declarar el dato “indicador de contenedor” mediante los códigos pertinentes:
En las aplicaciones de gestión aduanera de TARIC WTG esto se hace indicando, o no, los contenedores pertinentes en la casilla “Contenedores/Precintos”.
Además, en el caso de que se declaren contenedores es obligatorio introducir el número de contenedor, que se desconoce, en el momento de realizar la declaración en la aduana de exportación.
Ante esta situación, el sistema AES permite, en base al artículo 331.1 b) del R/UE 2015/2447 (RECAU) que, al enviar el aviso de llegada del contenedor a la aduana de salida (antiguo mensaje EAL), se pueda declarar una discrepancia indicando correctamente el contenedor en el que se ha cargado la mercancía.
Por tanto, con el objetivo de poder realizar las declaraciones de forma correcta y teniendo en cuenta que normalmente no se cuenta con este dato obligatorio a la hora de realizar la declaración de exportación, se deben seguir los siguientes pasos a la hora de declarar estos supuestos:
No será posible aplicar este sistema en aquellas ubicaciones con control de contenedores ya que se rechazará la declaración de exportación al no encontrarse el contenedor identificado en el recinto.
En caso de no conocer la matrícula del contenedor en el que la mercancía va a abandonar el TAU, en el momento de realizar la exportación (mensaje CC515C), se debería indicar el texto «DISCREPANCIA» como identificador del contenedor tal y como se indica en la siguiente imagen:
En el momento en el que las mercancías lleguen a la aduana de salida, se presentará el mensaje CC507C indicando el número del contenedor real en el que la mercancía abandona el TAU precedido de un asterisco (*):
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