La Comisión UE ha impuesto derechos compensatorios definitivos a las importaciones de vehículos eléctricos a batería (VEB) procedentes de China por medio del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2754, aplicable desde el 30 de octubre. El motivo que justifica esta decisión es la comprobación, tras la correspondiente investigación, de que la cadena de valor de los VEB en China se beneficia de subvenciones injustas que están causando una amenaza de daño económico a los productores de VEB de la UE.
No obstante, la Comisión sigue abierta a negociar compromisos en materia de precios con exportadores individuales.
Los vehículos sujetos a la medida antisubvención son los vehículos eléctricos de batería (VEB) nuevos, diseñados principalmente para el transporte de nueve personas o menos, incluido el conductor, excluidos los vehículos de la categoría L y las motocicletas, propulsados (independientemente del número de ruedas puestas en movimiento) únicamente por uno o varios motores eléctricos, incluidos los que tienen un extensor de autonomía de combustión interna (una unidad de potencia auxiliar), clasificados actualmente en el código NC ex 8703 80 10 (código TARIC 8703 80 10 10).
A partir de la entrada en vigor de las medidas, los productores exportadores chinos incluidos en la muestra estarán sujetos a los siguientes derechos compensatorios durante un período de cinco años:
Los códigos adicionales asignados a cada empresa para la aplicación del tipo de derecho compensatorio correspondiente en cada caso, se pueden encontrar en el artículo 1 del Reglamento de (UE) 2024/2754 que establece las medidas.
La aplicación de los tipos del derecho individuales estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: El abajo firmante certifica que el (volumen) de vehículos eléctricos de batería nuevos vendidos para su exportación a la Unión Europea consignado en la presente factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta.
En caso de que no se presente tal factura, será aplicable el derecho calculado para todas las demás empresas
Los derechos definitivos se cobrarán a partir de la entrada en vigor y se liberarán de manera definitiva los importes garantizados por el derecho compensatorio provisional establecido el pasado 4 de julio de 2024.
Las medidas expirarán al final del período de cinco años, a menos que se inicie una revisión por expiración de las medidas antes de esa fecha.
Los importadores podrán solicitar la devolución del importe pagado en concepto de derechos compensatorios si consideran que su productor exportador no recibe subvenciones o si su margen de subvención es inferior a los derechos pagados por los importadores. Dicha solicitud deberá estar debidamente fundamentada y respaldada por las pruebas pertinentes.
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