1 Jul 24

Prórroga de la reducción temporal del IVA de los alimentos básicos

Con la publicación de la modificación del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo de vigencia de las medidas para paliar las consecuencias del conflicto de Ucrania y Oriente Próximo, que estaba previsto hasta el 30 de junio de 2024.

Así pues, a partir del 1 de julio de 2024, continúa la aplicación de la reducción temporal del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los alimentos básicos que ya se venían beneficiando de ella. El Real Decreto- Ley contempla una subida escalonada de los tipos hasta alcanzar su nivel habitual en 2025, estableciéndose dos periodos:

  • Del 1 de julio al 30 de septiembre, donde se mantienen los tipos aplicables antes de la publicación de esta prórroga.
  • Del 1 de octubre al 31 de diciembre, donde los productos que tributaban en el periodo anterior a un tipo del 0% y 5% pasarán a aplicar los tipos de un 2% y un 7,5% respectivamente.

Excepción: El aceite de oliva, el día 1 de julio pasará a tener un tipo del 0% y a partir del 1 de enero de 2025, se incluirá de forma permanente en la categoría de productos con el IVA superreducido del 4%.

Los clientes de productos Taric disponen de esta información actualizada desde el 01/07/2024.

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