A partir del 20 de Agosto de 2023, los operadores de la Unión Europea que quieran importar productos originarios de Ghana, beneficiándose del trato arancelario preferencial del Acuerdo de Asociación interino en vigor, deberán disponer de una declaración de origen extendida por:
Por tanto, las importaciones de productos originarios de Ghana que vengan acompañadas con un certificado EUR-1 o una declaración en factura emitida por un exportador autorizado, solo podrán beneficiarse del trato arancelario preferencial contemplado en el Acuerdo entre la UE y Ghana hasta el 19/08/2023.
La información sobre los exportadores registrados en Ghana a efectos de origen preferencial es accesible a través de la página web del Integrated Customs Management System (ICUMS).
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