A partir del 21 de febrero de 2022, en los DUAs de importación no se podrá utilizar el código 5024 para declarar el identificador IOSS.
En su lugar se deberá declarar el código C715 - Número de ventanilla única de importacion (IOSS), número de identificación individual a efectos del IVA [artículo 369 octodecies de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo].
Lo anterior rectifica a la novedad publicada el 25 de junio de 2021 relativa a “Novedades importación para el 01-07-2021. Aclaración sobre la razón social del NIF auxiliar”.
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