La NI GA 18/2021, relativa al periodo transitorio del despacho aduanero de mercancías de valor no superior a 150 €, informa de la posibilidad de seguir utilizando el bajo valor tal y como se establece en el apéndice IX de la resolución del DUA hasta el 15 de noviembre de 2021.
Los motivos de la prolongación del bajo valor son los siguientes:
A partir del 1 de julio no se podrá utilizar la declaración simplificada para pequeños envíos incluida en punto 2.2 del Apéndice IX de la Resolución del DUA.
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