La AEAT informa que a partir del 17 de mayo de 2021, solo se admitirán la declaración de garantías GRN en el ámbito de la AEAT.
Desde esa fecha la realización de operaciones de comercio exterior en las que sea obligatoria la aportación de una garantía para su realización será necesario que el GRN de la garantía individual o global que figure en la declaración aduanera se corresponda con el formato establecido para dichas garantías conforme a lo previsto en el Reglamento UE 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aprueba el Código aduanero de la Unión y en sus actos delegados y de ejecución aprobados respectivamente por el Reglamento UE 2015/2446 y Reglamento UE 2015/2447.
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