El pasado 18 de diciembre fue publicado el Reglamento (UE) 2020/2131 mediante el cual se establece un 0% de arancel (libre de derechos de aduana) a la importación en la Unión de ciertos productos tales como las langostas y los bogavantes (congelados y/o vivos).
Esta supresión de aranceles ha sido supeditada a que los EE.UU. se abstengan de introducir nuevas medidas que contradigan la Declaración conjunta de los EE.UU. y de la Unión Europea a la vez de que reduzcan los aranceles aplicables a ciertos productos comunitarios, señalados en la sección II del Anexo, tales como determinadas preparaciones alimenticias, objetos de vidrio, pólvoras, mecheros de cigarrillos y sus partes, entre otros.
De incumplirse alguna de las condiciones anteriores o existir pruebas de un futuro incumplimiento, la UE podrá suspender la eliminación de los derechos de aduana antes mencionada.
La eliminación de aranceles prevista tiene efecto retroactivo a partir del 1 de agosto de 2020, por lo que los operadores de la Unión que hayan importado mercancías entre el 1 de agosto de 2020 y el 18 de diciembre de 2020, podrán solicitar a las autoridades aduaneras de los Estados miembros el reembolso de los derechos que se hayan abonado en exceso.
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