El pasado 12 de noviembre se publicó el Decreto ley 19/2020, que establece un tipo 0% de IGIC aplicable a la importación o entrega de mascarillas y productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la Covid-19, con independencia de la condición del adquirente o importador y de la fase de producción o comercialización en la que se enmarca la operación de entrega.
En el Anexo de este mismo Decreto ley se pueden consultar las partidas arancelarias concretas a las que se aplica el tipo 0%, medida que estará en vigor hasta el próximo 31 de diciembre de 2021.
Los bienes aquí recogidos quedan excluidos del apartado 2 del artículo único del Decreto ley 8/2020, de 23 de abril, cuya vigencia se ha prorrogado hasta el 30 de abril de 2021, y que condiciona la aplicación del tipo 0% a que el importador o adquirente sea una entidad de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios o entidades o establecimientos privados de carácter social a que se refiere el apartado dos del artículo 50 de la Ley 4/2012.s
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