A partir del 1 de enero de 2020 se establece una nueva lista de secciones excluidas por país del sistema SPG. Las preferencias arancelarias contempladas en el SPG se suspenden para los productos incluidos en estas secciones desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Estas secciones se excluyen del sistema conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/249, por ser el valor medio de las importaciones de estos productos a la Unión, superior durante tres años consecutivos a los límites máximos fijados en el anexo VI del Reglamento(UE) 978/2012.
Los cambios relativos a las secciones excluidas del SPG son los siguientes:
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