El Departamento de Aduanas e II.EE. de la AEAT publicó el pasado mes de diciembre la Nota Informativa NI GA 15/2018 sobre las adendas a los modelos de aval para las garantías globales.
La Nota señala que todo modelo de aval que no siga el modelo del Anexo 32-03 del Reglamento 2015/2447, para que tenga los mismos efectos jurídicos, deberá complementarse presentando a la Aduana una adenda que contenga todos los elementos incluidos en las cláusulas del Anexo 32-03 así como aquellos aspectos contemplados en el derecho español no previstos en dicho Anexo. Por tanto, el texto de la adenda no se puede estandarizar dado que dependerá del contenido del texto del aval que se quiera complementar.
Respecto a los avales expedidos por una entidad de crédito o una sociedad de garantía recíproca y presentados con NRC, la Resolución de 11 de febrero de 2019 modifica la Resolución de 28 de febrero de 2006 aprobando nuevos modelos de aval de aplicación obligatoria desde el 25 de marzo de 2019.
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