El pasado 3 de agosto, el Departamento de Aduanas e II.EE. de la AEAT publicó la nota informativa NI GA 08/2018 por la que se establecen las instrucciones a seguir, a partir del 17 de septiembre de 2018, para cumplimentar los DUAs de importación de productos transformados resultantes del régimen de perfeccionamiento pasivo (RPP).
La nota establece tanto el método de cálculo de los derechos de importación como la forma de incluir la información necesaria en el DUA (casillas 37, 44 y 47 así como el valor en aduana) añadiendo varios ejemplos prácticos.
El método de cálculo de los derechos se basa en el coste de la operación de transformación llevada a cabo fuera del territorio aduanero de la Unión (TAU), donde intervienen el valor estadístico del producto exportado (que debe incluirse como documento 7009 en la casilla 44), el concepto de valor en aduana (que incluye el valor estadístico del producto exportado), y los costes que se consideran en la transformación.
La última actualización de las aplicaciones de gestión aduanera (TDua y TDepo), ya disponibles, incorporan las nuevas modificaciones requeridas.
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