A partir del 1 de mayo de 2018 se establece un nuevo procedimiento simplificado de tránsito para compañías de transporte aéreo o marítimo, basado en la declaración del documento electrónico de transporte (ETD).
Para poder acogerse a este nuevo procedimiento deberán cumplirse una serie de requisitos y solicitarse una autorización específica a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Aunque el nuevo procedimiento simplificado estará en funcionamiento previsiblemente a partir del próximo 1 de mayo, se ha establecido un periodo transitorio hasta el 1 de noviembre para la implantación definitiva del ETD como único procedimiento válido de transito simplificado para transporte aéreo o marítimo, con las siguientes características o restricciones:
El proceso de concesión de la autorización no es inmediato ya que además de la Aduana española deben ser consultadas las autoridades aduaneras de otros estados miembros. Se verificará el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Taric, SA está desarrollando el nuevo mensaje según las especificaciones XML publicadas por la Aduana española.
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